Economía
Cambios en los "free shops": el Gobierno habilitará tiendas libres de impuestos en fronteras terrestres
10/06/2026 - 09:48
A través del Decreto 438/2026, se oficializó la expansión de los comercios fuera de los aeropuertos. El régimen adopta la normativa del Mercosur y exigirá una doble autorización estatal.
El Gobierno nacional reglamentó la instalación de tiendas libres de impuestos en los pasos fronterizos terrestres de todo el país, una medida que abre la puerta a la expansión de los denominados free shops fuera de los ámbitos aeroportuarios tradicionales. La decisión quedó formalizada a través del Decreto 438/2026, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.
La nueva normativa incorpora al ordenamiento jurídico argentino una resolución clave aprobada por el Mercosur en 2018, la cual habilita este tipo de establecimientos en las fronteras terrestres de los países miembros. Con este paso, Argentina se alinea con un esquema de comercio fronterizo que ya se encuentra operativo y consolidado en Brasil, Uruguay y Paraguay.
Doble control y requisitos de apertura
De acuerdo con lo establecido en el decreto, la apertura de estos nuevos locales no será automática, sino que requerirá de una doble autorización estatal:
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Habilitación comercial: Estará a cargo del Ministerio de Economía de la Nación.
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Aprobación aduanera: Corresponderá a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que deberá fiscalizar y aprobar tanto el espacio físico propuesto como las condiciones del operador.
Asimismo, el texto oficial aclara que los locales únicamente podrán instalarse y funcionar en aquellos pasos fronterizos habilitados que cuenten con la infraestructura y las condiciones logísticas necesarias para que las autoridades del país realicen los controles correspondientes de manera eficiente.
Límites y restricciones para los compradores
Los productos adquiridos bajo esta modalidad deberán destinarse exclusivamente al uso personal o familiar de los viajeros.
El decreto es taxativo respecto a los fines de las compras: la mercadería quedará comprendida dentro del régimen de equipaje, lo que significa que los artículos no podrán tener, bajo ninguna circunstancia, fines comerciales o industriales.
En sintonía con esto, la cantidad de mercadería que cada persona podrá adquirir de forma libre de impuestos en los pasos terrestres estará estrictamente ligada a las franquicias y los límites monetarios y de cantidades que ya se encuentran vigentes para el ingreso de bienes al territorio nacional.

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