Política
El Gobierno promulgó la reforma laboral: qué cambia desde ahora para trabajadores y empresas
06/03/2026 - 07:25
El Gobierno nacional promulgó la Ley de Modernización Laboral, que comenzó a regir desde este viernes para el sector privado tras su publicación en el Boletín Oficial. La norma fue aprobada en el Congreso durante las sesiones extraordinarias y establece cambios en la jornada laboral, las indemnizaciones, los aportes y la registración de los trabajadores.
Según el texto oficial, la reforma introduce modificaciones clave en la organización del trabajo y en los costos laborales, con el objetivo de modernizar el sistema y fomentar la inversión.
Cambios en la jornada laboral
Uno de los puntos centrales es que se habilita la posibilidad de extender la jornada diaria hasta 12 horas, siempre que exista un acuerdo escrito entre empleador y trabajador.
Además, se crea el “banco de horas”, un sistema que permite compensar horas extras con días de descanso. La organización de los turnos deberá respetar un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas.
La norma también establece que los salarios deberán pagarse únicamente a través de bancos o entidades oficiales, por lo que no se permitirá el pago mediante billeteras virtuales.
Otro cambio relevante es la incorporación del “salario dinámico”, que podrá vincular la remuneración al rendimiento o mérito individual, según lo que se acuerde en los convenios colectivos.
Registro laboral digital
La reforma dispone la digitalización obligatoria de los libros laborales, que deberán conservarse durante 10 años.
Además, la registración del vínculo laboral ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente para acreditar la relación de trabajo, sin necesidad de trámites adicionales.
Cambios en aportes patronales y sindicales
La ley fija nuevos límites para los aportes:
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Las contribuciones de empresas a cámaras empresarias no podrán superar el 0,5% de las remuneraciones y serán voluntarias desde 2028.
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Los aportes sindicales de los trabajadores no podrán superar el 2%.
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Se mantiene el aporte obligatorio del 6% a las obras sociales.
Además, los empleadores ya no podrán actuar como agentes de retención de cuotas sindicales sin consentimiento expreso del trabajador.
La norma también crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI), destinado a promover la adopción de tecnología y la expansión empresarial.
Nuevo sistema de indemnizaciones
En materia de despidos, la reforma establece que la indemnización por despido sin causa se calculará únicamente sobre la remuneración mensual normal y habitual, excluyendo el aguinaldo y las vacaciones.
La ley también determina que la indemnización será la única reparación económica por el despido y que los créditos laborales se actualizarán por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un 3% anual.
Asimismo, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), que cubrirá los costos de desvinculación. Este fondo se financiará con aportes de los empleadores:
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1% de las remuneraciones en grandes empresas
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2,5% en micro, pequeñas y medianas empresas
El Poder Ejecutivo podrá elevar esos porcentajes hasta 1,5% y 3%, respectivamente, con aprobación de la Comisión Bicameral.
Vacaciones
El período de vacaciones mantiene su intervalo habitual entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque la norma permite acordar su disfrute fuera de ese plazo, siempre en tramos mínimos de siete días consecutivos.
Con la promulgación y publicación en el Boletín Oficial, la reforma laboral ya entró en vigencia y comenzará a aplicarse de manera inmediata en el empleo privado.






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