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INGRESOS BRUTOS: LAS BILLETERAS VIRTUALES SERÁN AGENTES DE RETENCIÓN

11/09/2022 - 20:15

Daniel Paredes
INGRESOS BRUTOS: LAS BILLETERAS VIRTUALES SERÁN AGENTES DE RETENCIÓN

Las billeteras virtuales serán agentes de recaudación en el impuesto a los ingresos brutos.

Por el avance de los medios de pagos electrónicos la AFIP incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos alcanzados por distintos tributos. Por su parte la Comisión encargada de la recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos aprobó la creación del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago.

La resolución 9/2022 creó el sistema que se aplicará a los importes que sean acreditados en cuantas de pago abiertas por Proveedores de Servicio de Pago. Esto permite gravar las actividades que se realizan mediante e-commerce cuando realicen pagos a través de billeteras digitales.

Aquellos que realicen actividades comerciales de bienes o servicios mediante cualquier medio electrónico, plataforma digital, dispositivo móvil y demás. Por ello el vendedor deberá darse de alta en ingresos brutos y cuando realice una venta deberá pagar este impuesto.

Aquellos contribuyentes afectados tendrán el detalle de la retención y luego podrán deducirla en las liquidaciones mensuales.

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