
Economía
MODIFICAN LA LEY DE ASIGNACIONES FAMILIARES, NUEVOS LÍMITES DE INGRESOS
26/02/2024 - 08:28

El Gobierno Nacional realizó un ajuste significativo en los criterios para la percepción de las Asignaciones Familiares, medida que afectará a miles de familias argentinas. Este cambio, oficializado a través del decreto 194/2024 publicado en el Boletín Oficial, modifica la Ley 27.160 de Asignaciones Familiares, estableciendo nuevos límites de ingresos para los beneficiarios de este plan.
Desde marzo de 2023, el tope de ingresos para acceder a las Asignaciones Familiares se había alineado con el piso del Impuesto a las Ganancias, lo que implicaba que cualquier actualización en el mínimo no imponible de este impuesto también repercutiría en los criterios de acceso a las asignaciones. Sin embargo, la nueva disposición del Ejecutivo marca un cambio de rumbo, reduciendo drásticamente estos topes.
Concretamente, el límite de ingresos individual se ha ajustado de $1.980.000 a $1.077.403, mientras que el tope máximo de ingreso familiar combinado se ha rebajado de $3.960.000 a $2.154.806. Estos cambios aplican a partir del mensual marzo de 2024, siguiendo la movilidad correspondiente establecida por la ley.
Además, el decreto ha derogado el artículo 6° de la ley 27.160, que impedía a un mismo titular recibir simultáneamente prestaciones del régimen de asignaciones familiares y la deducción especial por hijo o cónyuge en el Impuesto a las Ganancias. Esta modificación busca promover una distribución más equitativa de los recursos públicos, basándose en principios de solidaridad social y en una gestión más eficiente del gasto público.
¿Quiénes se ven afectados por estos cambios? Las Asignaciones Familiares son percibidas por diversos grupos dentro de la sociedad argentina, incluyendo:
- Trabajadores en relación de dependencia, según la zona geográfica de explotación declarada por el empleador ante la AFIP.
- Titulares de una prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo que no estén bajo relación de dependencia, según su domicilio de residencia.
- Jubilados y Pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y Titulares de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, según su domicilio de residencia y agente pagador.


