Economía
ARCA moderniza y digitaliza el trámite para desistir de una exportación
13/01/2026 - 21:23
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó una serie de modificaciones en el procedimiento para desistir de una solicitud de destinación de exportación.
La medida, formalizada mediante la Resolución General 5812/2026 publicada este martes en el Boletín Oficial, busca actualizar la normativa, incorporar operaciones con tránsito y avanzar en la digitalización integral del trámite. La resolución, firmada por el director ejecutivo del organismo, Andrés Edgardo Vázquez, modifica la normativa previa (RG N° 1.921) que regula los procedimientos en el Sistema Informático MALVINA (SIM).
Según ARCA, el cambio persigue simplificar el comercio internacional y otorgar mayor previsibilidad a los operadores, basándose en la experiencia recogida. Entre las novedades clave, se establece que el desistimiento podrá solicitarse hasta cinco días después del vencimiento de la destinación o de su rehabilitación, siempre que la operación haya sido previamente ratificada. Además, se impone la gestión digital en la mayoría de los casos.
Si la solicitud se realiza antes de presentar la destinación, el trámite debe hacerse íntegramente por el servicio web “Anulación de Destinaciones de Exportación sin Presentación”. Para los desistimientos posteriores a la presentación, el canal obligatorio es el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA), bajo el trámite específico “Solicitud de desistimiento de declaraciones de exportación”.
La norma también introduce procedimientos detallados para las destinaciones que ya se encuentran en tránsito de exportación, requiriendo coordinación entre las aduanas intervinientes. Una vez aprobado el desistimiento, la destinación pasará a estado “anulada” en el SIM y la notificación se enviará por vía electrónica.
Por otro lado, la resolución advierte que, vencidos los plazos, la Aduana podrá anular de oficio las destinaciones que permanezcan “oficializadas” y sin ingreso a depósito, aplicando las sanciones previstas en el Código Aduanero.














